En Ecuador, la posibilidad de una nueva Ley de Comunicación ha encendido el debate sobre la regulación de los contenidos en los medios de comunicación. Un asambleísta electo sostiene que es necesario establecer normas para evitar abusos informativos, mientras que otros sectores defienden que la comunicación es un derecho universal y que la opinión no puede ser regulada sin afectar la libertad de expresión. En medio de este dilema, es fundamental recordar que cualquier exceso en el ejercicio de la información ya está contemplado en el marco legal vigente y que la mejor herramienta contra la desinformación es la autorregulación de los medios.
La libertad de expresión es un derecho fundamental consagrado en diversos instrumentos internacionales. La Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 19) establece que «todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión». Asimismo, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos garantiza que nadie puede ser molestado por sus opiniones ni restringido en su derecho a buscar, recibir y difundir información de cualquier índole.
En el contexto latinoamericano, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha advertido sobre los riesgos de leyes que otorgan a los Estados facultades excesivas para regular la información. En su Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, la CIDH enfatiza que «las leyes que penalizan la opinión o la información sobre asuntos de interés público son incompatibles con el derecho a la libertad de expresión».
Ecuador ya tuvo una Ley de Comunicación (2013-2021) que estableció controles sobre los medios y creó organismos como la Superintendencia de Comunicación (SUPERCOM). Si bien se argumentó que su intención era mejorar la calidad de la información, en la práctica se utilizó como un mecanismo de presión contra medios críticos al gobierno de turno. Casos como la sanción a diario El Universo y la persecución a periodistas independientes evidencian los peligros de una legislación que otorgue al Estado la potestad de definir qué se puede publicar y qué no.
Con la derogación de esta ley en 2021, Ecuador volvió a un modelo basado en la autorregulación de los medios, donde cualquier exceso o difamación es sancionado a través de los mecanismos judiciales correspondientes, sin necesidad de una entidad estatal que imponga censura previa.
La autorregulación como garantía de calidad informativa
La solución a la desinformación y la difamación no es una ley restrictiva, sino un compromiso real de los medios con la ética periodística y la verificación de información. La autorregulación implica la adopción de códigos de conducta, la creación de defensores del lector y la aplicación de principios de transparencia en el ejercicio periodístico.
Ejemplos internacionales demuestran que los países con mayores niveles de libertad de prensa, como Noruega o Finlandia, confían en la autorregulación en lugar de la imposición de leyes que puedan ser utilizadas con fines políticos. En estos países, los medios cuentan con códigos éticos que regulan su ejercicio sin necesidad de interferencia estatal.
El derecho a la comunicación es un pilar fundamental de cualquier democracia. Si bien es cierto que la opinión no debe utilizarse para injuriar o difamar, el sistema judicial ya cuenta con herramientas para sancionar estos abusos sin necesidad de una ley específica para los medios. La historia reciente de Ecuador demuestra que cualquier intento de regular la prensa puede convertirse en un arma de censura.
La clave está en fortalecer la autorregulación y la responsabilidad de los medios, promoviendo la transparencia y el acceso a la información veraz. La sociedad necesita periodistas comprometidos con la verdad y ciudadanos con capacidad crítica, no leyes que limiten la expresión bajo el pretexto de regularla. En una democracia saludable, la mejor garantía contra la desinformación no es el control estatal, sino una prensa libre y responsable.